La justicia europea impide el registro de una marca Obelix para la categoría de explosivos y armas
14 de Mayo de 2026; redacción Arscodex

Portada de un álbum de Astérix y Obélix
Esto significa que el tribunal quiere proteger al pobre de Obélix, de Astérix y Obélix, cuyo nombre iba a ser utilizado para una marca de explosivos por parte de una empresa polaca, dañando su imagen pública, la imagen del personaje, quizá de una manera irreversible.
El tribunal ha considerado incompleto o erróneo el informe de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), y solicita que se vuelva a evaluar la posible inscripción, como ya hemos comentado.
Sin entrar en el fondo del asunto, la propiedad intelectual en su conjunto, que acoge bajo su paraguas estos dos dominios (el de la creación literario-artística o propiedad intelectual propiamente dicha y el de las marcas), está, como deja claro el tribunal, interconectada, es decir, aunque no sean marcas los personajes de ficción y otros elementos literarios tienen una cierta protección, que altera el espacio de las marcas. La "tercera pata" de la propiedad intelectual, las patentes, en este caso no está implicada.
Esto es algo que a esta publicación le beneficia, porque el que escribe, como bien sabe el lector, está amasando cierta propiedad intelectual literario-artística, y por tanto se pone de lado del bueno del personaje de Obélix en detrimento de esta empresa que solicitó el registro.
Así que nos alegramos mucho de esta victoria de Obélix y que se genere un cierto precedente en este asunto de la interconexión entre la propiedad intelectual propiamente dicha, o creación literario-artística, y las marcas.
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