La doble ilegalidad de los grafiti
17 de Agosto de 2024; redacción Arscodex

Grafiti con una versión modificada de la silueta de Mickey Mouse a las afueras de Madrid
En primer lugar, vamos a lo que hemos comentado ya. Los grafiti son doblemente ilegales por estos dos motivos: el primero es que se pintan sobre paredes o muros (u otras cosas) no autorizados; es decir, el grafitero no tiene el permiso para pintar en dicho muro normalmente. Por lo tanto ya estamos ante algo ilegal. La segunda razón es que el grafitero a veces pinta motivos que contienen marcas comerciales o dibujos con copyright como se puede apreciar en el grafiti de la fotografía que acompaña este texto (una especie de Mickey Mouse diabólico, modificación no permitida de la creación de Walt Disney). Esto es síntoma de decadencia ya que traslada un halo de dejadez en todos los sentidos muy marcado. Además podemos imaginarnos lo que significaría el hecho de que algunos monumentos fueran "pintarrajeados" de esta manera, por poner un ejemplo extremo imaginemos que a alguien se le ocurre hacer un grafiti en uno de los palacios de la Alhambra...
Ante esto las únicas dos opciones que podemos sugerir para reconducir este arte naturalmente ilícito es o bien utilizar lo que se sugiere en Portugal: que los grafitis se hagan en la propiedad del grafitero (o la de sus padres), si es que la tiene; o bien reconvertir este arte a un arte del mural o del trampantojo en el cual la obra es autorizada en los dos sentidos anteriormente indicados (sobre una superficie permitida y con un dibujo también permitido), como se está haciendo ya en algunos pueblos alrededor de toda España.
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